Hacienda publica reglamento para fiscalizar tabaco y expertos ven ambigüedad

La Reforma Tributaria incorporó un sistema de trazabilidad fiscal para controlar la evasión fiscal por el contrabando del tabaco. Y si bien se esperaba que el reglamento que regula su aplicación estuviera en agosto, recién se publicó el 27 de diciembre recién pasado.

Este reglamento regula la aplicación del sistema de trazabilidad fiscal mediante la incorporación de un sistema que permita controlar las cantidades y tipos de cajetillas producidas en cada línea de producción o sean importadas al país. En otras palabras lo que se quiere evitar es el contrabando de tabaco a través de un seguimiento de toda la cadena de comercialización. Para ello, se estableció que cada cajetilla debe contar con elementos o dispositivos de control instalados en la línea de producción que permitan identificar exactamente el producto específico, fecha, línea, cantidades, tipo de producto. En el caso de las importaciones, dependiendo del sistema implementado, podrán utilizarse los mismos elementos o dispositivos de control que para la producción nacional, u otros que de igual forma aseguren registrar en el sistema de trazabilidad la información de los productos importados y del correspondiente importador.

Para realizar este proceso de trazabilidad, el reglamento señala que “el Servicio de Impuestos Internos deberá definir la opción de externalizar el servicio completo o parcial de trazabilidad, previa aprobación del Ministerio de Hacienda, mediante resolución, en base a criterios de eficiencia en la implementación del sistema indicado en este reglamento”.

Asimismo, se precisó que “el Servicio de Impuestos Internos podrá emitir los actos administrativos que considere necesarios para la correcta implementación y funcionamiento”. Así, el presente reglamento comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Expertos

Para los especialistas la aplicación de esta medida es positiva, sin embargo, critican que la poca claridad sobre cómo se implementará este mecanismo de trazabilidad.

El académico de la Universidad Adolfo Ibáñez, Claudio Agostini, señaló que “la primera pregunta que surge es si la implementación lo realizará el SII o lo externalizarán y que se especifique si estará sujeto al Presupuesto de Hacienda”. En este sentido, Agostini subrayó que “si bien el reglamento menciona que empezará a operar desde el momento de la publicación no hay un servicio de trazabilidad todavía, por lo que claramente no podrá empezar a funcionar”. Por esta razón, el académico puntualizó que “faltan definiciones para saber cómo se implementará y la fecha en qué se materializará”. Más crítico se mostró el ex director del SII, Michel Jorratt, quien aseveró que “el problema no es sólo el reglamento, sino los cambios que se introdujeron por medio de la reforma a la reforma, que desvirtúan completamente el objetivo del sistema de trazabilidad fiscal, ya que el reglamento que dictó Hacienda es muy impreciso respecto de qué sistema adoptará finalmente el SII. Se deja abierta todas las opciones, desde un simple sistema de conteo de productos que no cumple con los objetivos propuestos, hasta uno más efectivo, con marcación de los productos”. Para Jorratt, “no se puede seguir perdiendo el tiempo”, por lo que se debe implementar “lo más pronto posible”. De acuerdo a sus propios cálculos, “la evasión asociada al tabaco, considerando todos los impuestos, alcanza a unos US$ 500 millones anuales, una suma muy cuantiosa, por lo tanto no es conveniente esta demora. Ahora hay que esperar las definiciones que hará el SII, si va a licitar parcial o totalmente el sistema; y lo más importante, el modelo que adoptará”.

El Pulso, 13 Enero 2017.