Abusiva intromisión tributaria

General rechazo e inquietud han surgido del requerimiento del Servicio de Impuestos Internos (SII) a los abogados, a quienes se les ha exigido entregar antecedentes, en particular, relativos a los informes y consejos, o una descripción detallada de los servicios prestados a sus clientes.

La solicitud del SII interesa no solo a los abogados, sino que compromete a la sociedad en su conjunto y a la imagen y obligación constitucional del carácter técnico y profesional de la administración pública, que debe ejercer sus atribuciones conforme a lo que expresamente la autorizan la Constitución y las leyes.

La controvertida exigencia ha sido calificada como una transgresión a normas básicas de justicia; entre ellas, a la garantía constitucional del derecho a la defensa jurídica de todos los habitantes, en cuanto… «a que ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida…».

Como expresara por unanimidad y correctamente el Consejo General del Colegio de Abogados de Chile, se trata de un atentado en contra del secreto profesional que todo abogado está obligado a preservar y resguardar bajo sanción ética y legal.

La transgresión de la reserva vulnera el derecho de defensa y el libre ejercicio de la profesión si al abogado se lo obliga a entregar información que ha intercambiado con sus clientes: la confidencialidad y el secreto profesional son de la esencia de la relación cliente-abogado. Como correlato de la confidencialidad que se le impone está la garantía del secreto profesional, amparado por la ley y cuya violación es sancionada por esta.

Por lo mismo, la Excma. Corte Suprema ha sentenciado que «un abogado no puede ser obligado a revelar un acto confidencial cuya realización le habría encomendado su patrocinado, aunque en el desempeño de su comisión confidencial hubiere actuado personalmente».

La jurisprudencia también ha dictaminado que el deber y derecho a la confidencialidad es vitalicio, se mantiene aun cuando el cliente ha dejado de serlo, se extiende a su estudio profesional y ampara todo hecho, documento, dato o antecedente que haya tomado conocimiento personalmente o de terceros, con motivo u ocasión de su actuación profesional.

Las desviaciones y excesos en el ejercicio del poder por la administración pública no solo perjudican a los afectados, también dañan la confianza en la institucionalidad y horadan las bases del Estado. El Servicio de Impuestos Internos ha recibido un cúmulo de atribuciones de la sociedad, y debe ejercerlas consciente de esa responsabilidad.

Emol, 31 Diciembre 2016.